La trata de personas: Un negocio ilícito inagotable

La semana pasada, personal de la Fiscalía General del Estado de Puebla, realizó algunos operativos en el centro histórico de la capital en los que lograron rescatar a varias mujeres, víctimas de trata de personas en modalidad de explotación sexual, sin embargo, dichos operativos deben ser permanentes para inhibir este delito en todas sus formas.

 

                        El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, mejor conocido como “Protocolo de Palermo”, y que señala: por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá como mínimo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. 

                        En México, el delito de trata de personas se encuentra tipificado en la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en dicha ley se señalan 11 formas diversas de trata de personas y a saber son:

  1. La esclavitud
  2. La condición de siervo,

III.        La prostitución ajena u otras formas de explotación sexual,

  1. La explotación laboral,
  2. El trabajo o servicios forzados,
  3. La mendicidad forzosa,

VII.      La utilización de personas menores de dieciocho años en actividades delictivas,

VIII.     La adopción ilegal de persona menor de dieciocho años,

  1. El matrimonio forzoso o servil,
  2. Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos.
  3. Experimentación biomédica ilícita en seres humanos.

                        La trata de personas en modalidad de explotación sexual de mujeres y niñas es producto del trato desigual y violento al que están sujetas en todas las sociedades, en mayor o menor grado, en las que enfrentan constantes violaciones a sus derechos humanos. Todo ello, trae como consecuencia, una muy particular vulnerabilidad, así como una enorme inseguridad económica y, por lo tanto, la propensión a migrar generalmente en forma irregular, a pesar de los riesgos e implicaciones que esto conlleva.

                        Los hombres jugamos un papel preponderante ante esta modalidad de trata; al dejar de demandar servicios sexuales, desestimularemos el mercado y, por lo tanto, generaremos desanimo en aquellos que se dedican a comerciar o a explotar sexualmente a niñas y mujeres.

                        Los avances en la prevención de la trata, así como en la comprensión de los mecanismos por medio de los que operan las redes delictivas son limitados, en parte, debido a la falta de investigación con una metodología uniforme e indicadores medibles y dado que la trata de personas es una actividad criminal, y como tal las organizaciones involucradas operan en la clandestinidad. Actualmente, no se cuenta con un cálculo absoluto del número de personas afectadas por la trata en México. 

                        Por lo anterior, el Estado debe asumir su responsabilidad y debe continuar realizando a través de la Fiscalía General de Justicia; operativos e investigando para sancionar a aquellos que cometan este delitos, aplicar plenamente los protocolos de identificación y remisión de víctimas y atender en todas sus modalidades este delito, porque si bien es cierto, que la modalidad de explotación sexuales es muy recurrente, también es cierto que, la modalidad de mendicidad forzada es muy visibles en las ciudades en donde niños y adultos son obligados por grupos de delincuencia organizada a pedir dinero en las calles, expuestos a cualquier tipo de violencia.

  • Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.
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