Día del periodista en México

Amables lectores, ¡les saludo con el gusto de siempre! Ayer se celebró el día del periodista en nuestro país, en memoria a Manuel Caballero, periodista y escritor que revolucionó el gremio periodístico en México en la época del porfiriato.

                      El ejercicio del periodismo es trascendental en nuestras sociedades, ya que generan equilibrios entre el poder y los gobernados, al obligar a los gobiernos a dar respuestas a la sociedad civil, por lo que, a quienes ejercen el periodismo se les debe dar la certeza por parte de los órganos que imparten justicia, de que su derecho de libertad de expresión se encuentra debidamente salvaguardado y puedan hacer su trabajo con absoluta independencia, sin presiones, sin censuras, que no contaminen su noble actividad.

                       El derecho a la libertad de expresión es uno de los derechos más importantes para el ejercicio de derechos fundamentales, pero también para el desarrollo de las personas, y resulta elemental para la existencia de una sociedad libre, democrática y participativa.

                   La libertad de expresión como derecho humano es universal, inalienable, indivisible e interdependiente. Es universal porque es inherente a todos los seres humanos sin excepción alguna. Es inalienable porque no se puede suprimir salvo situaciones excepcionales bajo las debidas garantías procesales. Y es indivisible e interdependiente dado que el avance de un derecho facilita el avance de los demás, y la afectación, disminución o privación de un derecho afecta negativamente a los mismos.

https://www.revistaidh.org/ojs/index.php/ridh/article/view/148/77

 

                       Las características básicas del derecho a la libertad de expresión han sido delineadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que otorgó a este derecho tres características básicas:

 

  • Es un derecho de toda persona y no cabe restringirlo a un grupo de personas o a una determinada profesión.

 

  • Tiene una doble dimensión, individual y colectiva: la Corte IDH ha explicado que la libertad de expresión es un medio para el intercambio de informaciones e ideas entre las personas y para la comunicación masiva entre los seres humanos. Se ha precisado que, para el ciudadano común, es tan importante el conocimiento de la opinión ajena o la información de que disponen otras personas, como el derecho a difundir las propias creencias o informaciones. También se ha enfatizado que un determinado acto de expresión implica simultáneamente las dos dimensiones, por lo que una limitación del derecho a la libertad de expresión afecta al mismo tiempo el derecho de quien quiere difundir una idea o una información, y el derecho de los miembros de la sociedad a conocer esa idea o información.

 

  • El derecho a la libertad de expresión comporta deberes y responsabilidades, pero cualquier limitación es legítima solo bajo criterios muy específicos.

 

                       Existen instrumentos internacionales que tutelan este derecho como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) en su artículo 19. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) en su artículo 19.

 

                       En el sistema interamericano está previsto en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) en su artículo 4. La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) en su artículo 13. La Carta Democrática Interamericana (2001) en su artículo 4 y en nuestro país se encuentra regulado en lo general en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en lo particular por Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que establece en su artículo primero: La Federación y las Entidades Federativas implementaran y operaran las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

 

                       La libertad de expresión en el periodismo fomenta el debate cívico, coadyuva a que las sociedades estén informadas, que los gobiernos den cuenta de su actuar y contribuye para que haya más democracia.

 

 

  • Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios y Profesor en la Facultad de Derecho y C.S.
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